

El día 20 de abril, y en el Salón de Actos de Bolunta (Zabalbide nº 1), el abogado Don Guillermo Treku, perteneciente al Gabinete Jurídico de FEKOOR fue desarrollando los distintos aspectos de la discapacidad , en relación con la persona ostomizada , así como los derechos fiscales y laborales que le acompañan.
En esta web exponemos un breve resumen en algunas cuestiones:
- Por el hecho de ser una persona ostomizada, los Servicios Sociales de Diputación te reconocen una discapacidad del 24%
- Para cualquier prestación dinerada o no dinerada se necesita una valoración superior al 33%
- Los beneficios con esta discapacidad del 33% van desde la deducción para Hacienda en la declaración del impuesto por renta de las personas físicas, reducción del impuesto de matriculación de un vehículo a su nombre, hasta ventajas laborales.
- Así mismo la persona con este baremo de discapacidad, y si su edad no es superior a 65 años, también puede participar en el programa de Ocio y Tiempo Libre de Fekoor
- Si el baremo es superior al 65% las prestaciones también son superiores.
- Si te encuentras en edad laboral y tu estado, una vez hayas sido ostomizado/a no te permite incorporarte a tu puesto de trabajo podrás solicitar una incapacidad que será absoluta, total o gran discapacidad según lo considere, previos informes médicos, el tribunal correspondiente de la Seguridad Social
- Contar con la ayuda de la trabajadora social de Fekoor.